Reforma sobre la Reducción de Jornada Laboral a 40 Horas Semanales: Estado Actual

Publicado el
12/6/2026

El 25 de febrero de 2026, la Cámara de Diputados aprobó la reforma constitucional que reduce la jornada laboral máxima semanal en México de 48 a 40 horas. Con esta votación, la iniciativa supera el último filtro del Congreso de la Unión y avanza hacia su fase final del proceso constitucional. La aprobación se dio en un contexto de amplio debate político y social, principalmente en torno a la velocidad de implementación y los impactos operativos para las empresas, optando finalmente por un modelo de transición gradual. De acuerdo con los reportes legislativos más recientes, la reforma ha sido avalada por al menos 17 congresos locales, requisito previsto por la Constitución para que una modificación constitucional pueda declararse válida.

Contenido de la Reforma
El texto aprobado mantiene como principio central la reducción progresiva de la jornada máxima, sin disminuir salarios ni prestaciones laborales. La reforma no incorporó un segundo día obligatorio de descanso semanal, por lo que se conserva la regla constitucional vigente de otorgar por lo menos un día de descanso por cada seis laborados. Asimismo, dentro del debate legislativo se consideraron ajustes al esquema de horas extraordinarias, buscando equilibrar la reducción de jornada con la flexibilidad operativa necesaria para ciertos sectores productivos.

La reducción escalonada será así:

2026 48 horas
2027 46 horas
2028 44 horas
2029 42 horas
2030 40 horas

En adición a la reducción escalonada, la reforma contempla lo siguiente:

  • El límite de tiempo extraordinario se amplía de 9 horas a 12 horas semanales. Su distribución está limitada a 4 horas extras diarias, hasta 4 días por semana. Estas horas se deberán pagar al doble del salario.
  • En adición a las 12 horas extras dobles, se establece un límite de 4 horas adicionales tripes, las cuales deberán pagarse al triple del salario. Es decir, existe un límite total de 16 horas extras a la semana.
  • Se prohíbe el trabajo extraordinario para menores de edad.


Situación Jurídica Actual
Aunque el avance es relevante, es importante precisar que la reforma todavía no es ley vigente. El proceso constitucional requiere aún:

  • la verificación formal de los votos aprobatorios por parte de los órganos legislativos federales;
  • la emisión de la declaratoria de constitucionalidad;
  • el envío al Ejecutivo Federal;
  • y finalmente la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF), lo cual se prevé suceda el 1 de mayo de 2026, en el marco de la conmemoración del Día del Trabajo.


Hasta que estos pasos se completen, no existen cambios obligatorios inmediatos para las empresas.

Implicaciones actuales para el sector empresarial
El estado actual del proceso indica que la reforma se encuentra prácticamente en su etapa final, por lo que resulta recomendable que las organizaciones comiencen a evaluar de manera preventiva sus modelos operativos, esquemas de turnos y distribución de cargas laborales. La gradualidad prevista brinda un margen razonable de planeación, pero confirma que el marco laboral mexicano se orienta hacia jornadas más reducidas, lo cual impactará en estrategias de recursos humanos, costos laborales y productividad.

Conclusión
La reforma hacia la jornada laboral de 40 horas se encuentra en su fase final constitucional y representa uno de los cambios más relevantes en materia laboral de los últimos años. Su implementación gradual hasta 2030 brinda certeza sobre la dirección normativa, pero al mismo tiempo exige que las empresas comiencen desde ahora a evaluar estrategias de adaptación que permitan mantener eficiencia operativa y cumplimiento laboral.

Desde Zubieta & Landa, Elizondo, nos mantenemos atentos a la publicación de las disposiciones oficiales y al avance legislativo de la reforma de jornada laboral, y quedamos a su disposición para acompañarlos en la revisión de contratos y políticas internas, el diseño de estrategias de cumplimiento laboral y la negociación colectiva que, en su caso, resulte necesaria frente a estos cambios.

Atentamente,

Gabriel Zubieta y Landa Ortiz
gabriel@zubietaylanda.com

Iván Elizondo Gámez
elizondo@zubietaylanda.com

Roberto C. González Ávila
rcgonzalez@zubietaylanda.com

Marco Marchand Aceves
marcom@zubietaylanda.com

Gabriel Zubieta y Landa Corona
gcorona@zubietaylanda.com


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